Tienes una incapacidad médica, el empleador dice que la paga la EPS, la EPS dice que no, y tú te quedas sin el dinero.
El cobro ante la EPS se radica por sus canales, muchas veces en línea. Si la EPS incumple los plazos, se reclama ante la Superintendencia de Salud.
La confusión sobre quién paga la incapacidad es una de las quejas más frecuentes en Colombia. La norma es clara: cada tramo de días tiene un responsable distinto.
Quién paga cada tramo (enfermedad de origen común)
| Días de incapacidad | Quién paga |
|---|---|
| Días 1 y 2 | El empleador |
| Del día 3 al 180 | La EPS |
| Del día 181 al 540 | El fondo de pensiones, con concepto de rehabilitación |
| Más de 540 días | La EPS, en los casos que establece la norma |
Cuánto se paga
El Código Sustantivo del Trabajo (artículo 227) fija el auxilio por enfermedad no profesional en dos tercios del salario durante los primeros 90 días y la mitad después. En la práctica, la jurisprudencia ha señalado que el pago no debería quedar por debajo del salario mínimo.
Los requisitos
- Haber cotizado al menos cuatro semanas antes del inicio de la incapacidad.
- El certificado de incapacidad expedido por el médico tratante.
- Una certificación bancaria para el giro.
Los plazos de la EPS (Decreto 1427 de 2022)
- Radica la solicitud en la EPS con el certificado y la certificación bancaria. Normalmente lo hace el empleador; si eres independiente, lo haces tú.
- La EPS tiene hasta 15 días hábiles para revisar, liquidar y autorizar el pago.
- Si lo aprueba, tiene hasta 5 días hábiles más para girar el dinero.
Si trabajas con contrato, el empleador suele pagarte la incapacidad en la nómina y luego recobrarla a la EPS. Un retraso de la EPS con el empleador no es excusa para no pagarte a ti. Si eres independiente, verifica que estés al día con la PILA: con aportes en mora, la EPS puede negar el pago. Revisa también tu estado en ADRES.
Si la EPS no paga
- Pide por escrito la respuesta y el motivo de la negativa.
- Presenta una queja ante la Superintendencia Nacional de Salud.
- Si la falta de pago afecta tu mínimo vital, la tutela ha sido la vía más usada.
Errores que te hacen perder tiempo
- No entregar el certificado de incapacidad a tiempo al empleador.
- Radicar sin certificación bancaria.
- Ser independiente y tener la PILA atrasada.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los dos primeros días de incapacidad?
El empleador. Del día 3 al 180 paga la EPS, y del 181 al 540, el fondo de pensiones.
¿Cuánto tarda la EPS en pagar?
Según el Decreto 1427 de 2022, tiene hasta 15 días hábiles para revisar y autorizar, y hasta 5 días hábiles más para girar el dinero.
¿Cuántas semanas debo haber cotizado?
Al menos cuatro semanas antes del inicio de la incapacidad.
Fuentes
- Decreto 1427 de 2022 (pago de incapacidades)
- Consultorsalud: lineamientos para el pago de incapacidades
- Infobae: tiempo máximo de las EPS para pagar una incapacidad
- Actualícese: incapacidades de origen común
Fuentes revisadas el 23 de septiembre de 2026.